APERTURA DE CARRERA PROFESIONAL

Definición del servicio

Consiste en realizar la solicitud para dar inicio al pago del incentivo salarial de Carrera Profesional reconocido para aquellos títulos o grados académicos que no sean requisito para el puesto, así como para aquellas actividades de capacitación que no hayan sido sufragadas por Instituciones Públicas.

Fuente: Ley N° 2166, de salarios de la Administración Pública, Decreto Ejecutivo 41564-MIDELAN-H, Resolución DG-139-2019

 

Personas usuarias a la cuales se dirige el servicio

Personas funcionarias profesionales, en propiedad o interinas, pertenecientes al Régimen de Servicio Civil (Título I y Título II).

Requisitos del servicio

Para personas funcionarias de Título I

  • Completar el formulario: DRH-FOR-04-PS-244 – Apertura de carrera profesional.
  • Nombramiento.
  • Títulos o certificación universitaria.
  • Colegiatura (cuando corresponda).
  • Presentar original y copia de los grados académicos adicionales.
  • Presentar original y copia de las capacitaciones sufragadas por el funcionario debidamente avaladas.
  • Completar el Formulario DRH-FOR-04-PS-467 Declaración jurada para presentación de cursos, si presenta capacitaciones. Las mismas llevadas a cabo posterior a fecha del título de bachiller universitario y donde se aclara que estas deben ser sufragadas por su propio peculio.

 

Para personas funcionarias de Título II

  • Completar el formulario: DRH-FOR-04-PS-244 – Apertura de carrera profesional.
  • Nombramiento (con un mínimo de 4 meses de nombramiento y si labora por lecciones debe contar con un mínimo de 15 lecciones).
  • Haber obtenido una calificación de servicios igual o superior a «Muy Bueno» (o su equivalente) en la evaluación de desempeño, como parte de una relación de empleo docente y continua, con el Ministerio de Educación Pública.
  • Títulos o certificación universitaria.
  • Colegiatura (cuando corresponda).
  • Presentar original y copia de los grados académicos adicionales.
  • Presentar original y copia de las capacitaciones sufragadas por el funcionario debidamente avaladas.
  • Debe estar ubicado dentro de los siguientes Grupos Profesionales: PT5 -PT6 -MT4 -MT5 -MT6 -VT5 -VT6 -KT2 -KT3 -ET3 -ET4.